Ogamar
Polígono industrial Oliveral, H nave 4 - 46190 Ribarroja del Turia
Teléfono: 961666320
web: http://ogamar.cjb.net
Bienvenidos a OGAMAR
Esperamos que encuentre en nuestra web la información que necesita
09/05/2006 TARJETAS DE TACÓGRAFO DIGITAL
TARJETAS DE TACOGRAFO DIGITAL
Ø Entrada en vigor: Desde el momento en que sea efectiva la obligación de que los vehículos sean matriculados con tacógrafo digital.
NO OBSTANTE, LAS TARJETAS PODRÁN SOLICITARSE A PARTIR DEL DÍA 5 DE AGOSTO DE 2005
Ø ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A SOLICITAR TARJETAS DE TACÓGRAFO DIGITAL?.
Todos los conductores de vehículos obligados, legalmente, a llevar instalado sistema de tacógrafo y que éste sea DIGITAL.
Todas la empresas de transporte de mercancías o viajeros que sean titulares de vehículos, obligados legalmente ha llevar instalado tacógrafo, y que, además, estén dotados de tacógrafo digital.
Ø ¿QUÉ ES UN TACÓGRAFO DIGITAL?.
Es un aparato destinado a ser instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera (mercancías y viajeros), con la finalidad de indicar, registrar, almacenar, de forma automática y semiautomáticamente, datos referentes a la marcha de los vehículos y determinación de los tiempos de trabajo de sus conductores.
Ø ¿QUÉ ES UNA TARJETA DE TACÓGRAFO DIGITAL?.
Es una tarjeta inteligente que se utiliza con el tacógrafo digital que comunican al aparato tacógrafo:
§ La de la identidad de titular y,
§ Posibilita la transferencia y almacenamiento de datos.
Ø CLASES DE TARJETAS DE TACÓGRAFO.
De conductor: Se expide con carácter individual, ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE. En ella se identifica a su titular y almacena datos sobre su actividad.
De empresa: Se expide a los titulares o arrendatarios de los vehículos con tacógrafo. Identifica a la empresa y permite visualizar, transferir e imprimir la información almacenada en el tacógrafo de los vehículos.
De control: Se expide para el personal de la Inspección del Transporte y fuerzas de seguridad encargadas de vigilancia y control de transporte.
De centro de ensayo: Se expide a los instaladores y a fabricantes de vehículos. Permite revisar, reparar y calibrar los tacógrafos.
LAS TARJETAS DE CONDUCTOR Y EMPRESA TIENE UN PLAZO DE VALIDEZ DE CINCO AÑOS, CUMPLIDO ESTE PLAZO DEBERAN SER RENOVADAS
Ø ¿QUÉ DEBO HACER SI SE EXTRAVIA, SUSTRAEN, SE AVERIA O SE DETERIORA LA TARJETA DE CONDUCTOR O EMPRESA?.
Solicitar, ante la Consellería de Transportes, la sustitución de la tarjeta, en el plazo máximo de 7 días naturales a partir del momento en que produjo el hecho.
LOS CAMBIOS DE DATOS (DOMICILIO, DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA, ETC.) TAMBIÉN OBLIGAN A SUSTITUIR LA TARJETA DIGITAL.
Ø ¿CUÁNDO SE DEBE DESCARGAR LA TARJETA DEL EMPRESA?.
Los datos grabados en el tacógrafo del vehículo deberán volcarse de la tarjeta de empresa a una unidad externa (ordenador, lápiz USB, etc...) al menos cada 3 meses, o en los siguientes supuestos:
1.- Antes de Transferir el vehículo o devolución al arrendatario.
2.- Cuando se detecte mal funcionamiento pero aún puedan descargarse datos.
3.- Cuando lo requiera la administración.
Ø ¿CUÁNDO SE DEBEN DESCARGAR LOS DATOS DE LA TARJETA DE CONDUCTOR?.
1.- Cuando el conductor abandone la empresa
2.- A requerimiento de la Administración.
3.- Cuando se produzca la caducidad de la tarjeta.
Ø RECOMENDACIONES A LOS COOPERATIVISTAS:
1.- Si tienen previsto adquirir vehículo que dispongan de tacógrafo digital, en aconsejable, SOLICITAR CON ANTELACIÓN LA TARJETA DE CONDUCTOR Y LA DE EMPRESA.
2.- Cuando dispongan de vehículos con tacógrafo digital no dude en consultar cualquier duda que le surja.
SEA PREVISOR SOLICITE SU TARJETA DIGITAL DE EMPRESA Y DE CONDUCTOR TANTAS COMO PUEDA NECESITAR. Puede suceder que disponga de un vehículo y no pueda utilizarlo por no disponer de estas tarjetas.
3.- Como se deberán volcar datos desde la tarjeta digital de empresa a una unidad externa, es preciso que disponga de un software (programa) de ordenador, para conseguirlo consulte con fabricante del vehículo o fabricante del tacógrafo.
09/05/2006 CERTIFICADOS DE CONDUCTORES DE TERCEROS PAISES
EL CERTIFICADO DE CONDUCTOR
(Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre)
Ø ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A SOLICITAR EL CERTIFICADO DE CONDUCTOR?.
La empresas de transporte de mercancías o de viajeros en autobús, sean de servicio público o sean privado complementario.
Ø ¿PARA QUIÉN DEBE SOLICITARSE EL CERTIFICADO DE CONDUCTOR?.
Para conductores asalariados contratados por cuenta ajena que tenga nacionalidad de un país NO PERTENECIENTE A LA UNIÓN EUROPEA.
Ø ¿QUÉ PLAZO DE VALIDEZ TENDRÁN LOS CERTIFICADOS DE CONDUCTOR?.
1. Dos años o,
2. Hasta que expire el plazo de validez del carné de conducir del conductor o,
3. Hasta que el conductor cause baja en la empresa.
LA EMPRESA TRANSPORTISTA O TITULAR DE LA TARJETA DE TRANSPORTE ESTÁ OBLIGADA A DEVOLVER, A LA ADMINISTRACIÓN, AQUEL CERTIFICADO DE CONDUCTOR CUANDO NO TENGA VALIDEZ.
Para cualquier aclaración o ampliación de la información, consultenos
06/05/2006 Quienes somos
Bienvenidos a OGAMAR
Esperamos que encuentre en nuestra web la información que necesita
19/04/2006 PAGINA EN CONSTRUCCION